
Es el primero y más necesario de los sacramentos, es el que nos da la gracia y el carácter de cristianos. Antes de estar bautizado no se puede recibir válidamente ningún otro sacramento. Perdona el pecado original y cualquier otro pecado que tenga el que se bautiza.
El que se bautiza hace por sí mismo, o por medio de sus padrinos, la promesa de creer las enseñanzas de la Iglesia y de vivir conforme a ellas, renunciando para siempre al demonio, a sus obras y a sus pompas, lo que significa renunciar al pecado y a todo lo malo. Los padrinos del bautismo se obligan, en defecto de los padres, a que sus ahijados sean instruidos y educados en la fe cristiana.
La inmersión en el agua evoca los simbolismos de la muerte y de la purificación. Los dos efectos principales son la purificación de los pecados y el nuevo nacimiento en el Espíritu Santo (Cf. Hch 2, 38; Jn. 3; 5)
La Santísima Trinidad da al bautizado la gracia santificante que:
- Le hace creer en Dios, esperar en Él y amarlo mediante las virtudes teologales;
- Le concede poder vivir y obrar bajo la moción del Espíritu Santo mediante los dones del Espíritu Santo;
- Le permite crecer en el bien mediante las virtudes morales.
El Bautismo es necesario para la salvación en aquellos a los que el Evangelio ha sido anunciado y han tenido la posibilidad de pedir este sacramento. Incorporados a la Iglesia por el Bautismo, los fieles han recibido el carácter sacramental que los consagra para el culto religioso cristiano (Cf. LG 11). El sello bautismal capacita y compromete a los cristianos a servir a Dios mediante una participación viva en la Santa Liturgia de la Iglesia y a ejercer su sacerdocio bautismal por el testimonio de una vida santa y de una caridad eficaz (Cf. LG 10).
Son ministros ordinarios del Bautismo el obispo y el presbítero, y también el diácono. En caso de extrema necesidad, cualquier persona, incluso no bautizada, si tiene la intención requerida, puede bautizar (Cf. CIC can. 861,2).
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